PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA PROFESIÓN MILITAR
Artículo 14
Espíritu militar
El militar cuyo propio honor y espíritu
no le estimulen a obrar siempre bien, vale muy poco para el servicio; el llegar
tarde a su obligación, aunque sea de minutos; el excusarse con males
imaginarios o supuestos de las fatigas que le corresponden; el contentarse
regularmente con hacer lo preciso de su deber, sin que su propia voluntad
adelante cosa alguna, y el hablar pocas veces de la profesión militar, son
pruebas de gran desidia e ineptitud para la carrera de las armas.
Artículo 15
Primacía de los principios éticos
Dará primacía a los principios éticos
que responden a una exigencia de la que hará norma de vida. De esta forma
contribuirá a la fortaleza de las Fuerzas Armadas, garantía de paz y seguridad.
Artículo 16
Cumplimiento del deber
Cumplirá con exactitud sus deberes y
obligaciones impulsado por el sentimiento del honor inspirado en estas Reales
Ordenanzas.
Artículo 17
Virtudes fundamentales
Tendrá presente que la disciplina, valor,
prontitud en la obediencia y exactitud en el servicio son virtudes a las que
nunca ha de faltar.
Artículo 18
Justicia en las Fuerzas Armadas
Propiciará, con su actuación, que la
justicia impere en las Fuerzas Armadas de tal modo que nadie tenga nada que
esperar del favor ni temer de la arbitrariedad.
Artículo 19
Dedicación del militar
Ejercerá su profesión con dedicación y
espíritu de sacrificio, subordinando la honrada ambición profesional a la
íntima satisfacción del deber cumplido. Deberá tener amor al servicio y
constante deseo de ser empleado en las ocasiones de mayor riesgo y fatiga.
Artículo 20
Disponibilidad para el servicio
Estará en disponibilidad permanente
para el servicio, que se materializará de forma adecuada al destino que se
ocupe y a las circunstancias de la situación, y realizará cualquier tarea o
servicio con la máxima diligencia y puntualidad, tanto en operaciones como para
garantizar el funcionamiento de las unidades.
Artículo 21
Tradición militar en los Ejércitos
Los miembros de las Fuerzas Armadas se
sentirán herederos y depositarios de la tradición militar española. El homenaje
a los héroes que la forjaron y a todos los que entregaron su vida por España es
un deber de gratitud y un motivo de estímulo para la continuación de su obra.
Artículo 22
Prestigio de las Fuerzas Armadas
El militar velará por el prestigio de
las Fuerzas Armadas y por el suyo propio en cuanto miembro de ellas. Se
esforzará en que con su aportación personal su unidad, de la que se sentirá
orgulloso, mantenga los mayores niveles de preparación, eficacia, eficiencia y
cohesión, con objeto de que merezca ser designada para las más importantes y
arriesgadas misiones.
Artículo 23
Historial y tradiciones
Conservará y transmitirá el historial,
tradiciones y símbolos de su unidad, para perpetuar su recuerdo, contribuir a
fomentar el espíritu de unidad y reforzar las virtudes militares de sus
componentes.
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